Si tiene enfermedad renal puede solicitar el certificado de discapacidad

Hoy se celebra el Día Mundial de las Personas con Discapacidad. Este año, el Día Internacional de las Personas con Discapacidad (IDPD) se centra en el empoderamiento de las personas con discapacidad para un desarrollo inclusivo, equitativo y sostenible como se pedía en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, que se compromete a «no dejar a nadie atrás» y considera la discapacidad como una cuestión transversal en la implementación de sus 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

En los Objetivos se hace referencia a la discapacidad, específicamente en las partes relacionadas con la educación, el crecimiento económico y el empleo, la desigualdad y la accesibilidad de los asentamientos humanos, así como en la recopilación de datos y el seguimiento de los ODS.

El certificado de discapacidad, es el documento que acredita el grado de discapacidad de una persona. Se otorga el certificado a quienes tienen un grado mínimo del 33%. Su concesión implica una serie de beneficios, que garantizan que las personas con discapacidad vivan «con plenitud de derechos» o «participen en igualdad de condiciones que el resto de ciudadanos en la vida económica, social y cultural del país.

Pueden solicitarlo las personas nacionales, pero también extranjeras que residan de manera legal en nuestro país y estén empadronadas en el municipio donde gestionan la solicitud y que presente deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, previsiblemente permanentes que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con los demás.

Se debe alcanzar, como mínimo, un 33% para que se reconozca la condición de discapacidad y así poder solicitar las distintas prestaciones.

La valoración del porcentaje de discapacidad se regula por el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. Los criterios para la asignación del porcentaje de discapacidad atribuible a deficiencias del riñón se rigen por:
Clase 1:
0 %. El paciente padece insuficiencia renal crónica con aclaramientos de creatinina superiores a 50 ml/min. O presenta episodios recurrentes de afectación renal transitoria que precisan atención médica documentada menos de tres veces o durante menos de 30 días al año.
Clase 2:
1 a 24 %. El paciente padece insuficiencia renal crónica con aclaramientos de creatinina entre 20 y 50 ml/min. O presenta episodios recurrentes de afectación renal transitoria que precisan atención médica documentada más de tres veces o más de 30 días al año.
Clase 3:
25 a 49 %. El paciente padece insuficiencia renal crónica con aclaramientos de creatinina inferiores a 20 ml/min, no precisando tratamiento dialítico continuado. Y Su grado de discapacidad es leve o moderado. O El paciente presenta deterioro progresivo de la función renal en el último año, con aclaramientos de creatinina entre 20 y 50 ml/min. Su grado de discapacidad es leve o moderado.
Clase 4:
50 a 70 %. El paciente padece insuficiencia renal crónica que precisa tratamiento dialítico continuado o Su grado de discapacidad es grave estando contraindicado el tratamiento sustitutorio.
Clase 5:
75 %. El paciente presenta patología renal, se cumplen los parámetros objetivos de la clase 4 y su grado de discapacidad es muy grave, dependiendo de otra persona para realizar las actividades de auto cuidado.

https://alcer.org/sie/certificado-de-discapacidad/

https://www.un.org/es/observances/day-of-persons-with-disabilities

Dra. Ana Mª Oltra. Coordinadora Blog Renal

Nefrología. CHGUV

Blog Escuela del Paciente Renal HGUV

La Escuela del Paciente Renal es un proyecto del Consorcio Hospital General Universitario de Valencía donde un grupo multidisciplinar compuesto por nefrólogos, psicólogos y nutricionistas tratamos aspectos de interés para pacientes con alguna patología renal o para aquellos que quieran conocer de una manera más profunda el mundo de la nefrología.

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